LOPD  y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018 Garantía de los derechos digitales

Artículo 85. Derecho de rectificación en Internet.

1. Todos tienen derecho a la libertad de expresión en Internet.

2. Los responsables de redes sociales y servicios equivalentes adoptarán protocolos
adecuados para posibilitar el ejercicio del derecho de rectificación ante los usuarios que
difundan contenidos que atenten contra el derecho al honor, la intimidad personal y familiar
en Internet y el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz, atendiendo a los
requisitos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora
del derecho de rectificación.
Cuando los medios de comunicación digitales deban atender la solicitud de rectificación
formulada contra ellos deberán proceder a la publicación en sus archivos digitales de un
aviso aclaratorio que ponga de manifiesto que la noticia original no refleja la situación actual
del individuo. Dicho aviso deberá aparecer en lugar visible junto con la información original.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

 Llegamos a: Andalucía, Murcia, Canarias, Baleares, Extremadura, Madrid, Cataluña,

Galicia, Castilla y León, Castilla y La Mancha, Aragón, País Vasco, Comunidad Valenciana