Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO IV FOMENTO DE LA TRANSPARENCIA  Artículo 38. Formación.

Las administraciones públicas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley
establecerán los oportunos instrumentos para facilitar la formación y cualificación profesional de las personas
empleadas públicas, en especial las que deban atender las funciones de información en el ámbito de la
transparencia, tanto en lo que afecte a la publicidad activa como en el caso de quienes deban atender las
solicitudes formuladas en ejercicio del derecho de acceso.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

 Llegamos a: Andalucía, Murcia, Canarias, Baleares, Extremadura, Madrid, Cataluña,

Galicia, Castilla y León, Castilla y La Mancha, Aragón, País Vasco, Comunidad Valenciana