Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO II LA PUBLICIDAD ACTIVA   Artículo 13. Información de relevancia jurídica

1. Las administraciones públicas andaluzas, en el ámbito de sus competencias y funciones, publicarán:
a) Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los
particulares u otros órganos, en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos
jurídicos. b) Los anteproyectos de ley cuando, tras la preceptiva elevación por la Consejería competente, sean
conocidos por el Consejo de Gobierno. Asimismo, los anteproyectos de ley y los proyectos de decretos legislativos
se publicarán cuando se soliciten los dictámenes, en su caso, al Consejo Económico y Social de Andalucía y
al Consejo Consultivo de Andalucía. Y, finalmente, los proyectos de ley tras su aprobación por el Consejo de
Gobierno.
c) Los proyectos de reglamentos cuya iniciativa les corresponda se harán públicos en el momento en
que, en su caso, se sometan al trámite de audiencia o información pública. Asimismo, se publicarán cuando
se solicite, en su caso, el dictamen del Consejo Económico y Social de Andalucía y el dictamen del Consejo
Consultivo de Andalucía. La publicación de los proyectos de reglamentos no supondrá, necesariamente, la
apertura de un trámite de audiencia pública.
En el ámbito de las entidades locales, una vez efectuada la aprobación inicial de la ordenanza o
reglamento local por el Pleno de la Corporación, deberá publicarse el texto de la versión inicial, sin perjuicio de
otras exigencias que pudieran establecerse por las entidades locales en ejercicio de su autonomía.
d) Las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos con
ocasión de la publicidad de los mismos.
e) Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de
información pública durante su tramitación.
f) Relación actualizada de las normas que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación.
2. La Administración de la Junta de Andalucía mantendrá permanentemente actualizada y a disposición
de la ciudadanía la normativa vigente de la Comunidad Autónoma.
3. La Administración de la Junta de Andalucía publicará una relación de las competencias y traspasos de
funciones y servicios asumidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

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