Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO V ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I Coordinación y planificación en el ámbito de la Junta de Andalucía Artículo 40. Coordinación administrativa

1. En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades y organismos adscritos,
la coordinación general en materia de transparencia será ejercida por la Comisión General de Viceconsejeros y
Viceconsejeras.
2. Dicha Comisión contará con una secretaría que servirá de soporte para la preparación de los trabajos
y como oficina administrativa para la relación con las unidades de transparencia y comisiones de transparencia
de cada consejería.
3. La Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras establecerá la planificación directiva en
materia de transparencia, podrá dictar instrucciones y fijar criterios tanto respecto a la implementación de la
publicidad activa como en relación al seguimiento de la planificación operativa que se desarrolle en materia de
transparencia por cada una de las consejerías para ellas y sus entidades y organismos adscritos.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

 Llegamos a: Andalucía, Murcia, Canarias, Baleares, Extremadura, Madrid, Cataluña,

Galicia, Castilla y León, Castilla y La Mancha, Aragón, País Vasco, Comunidad Valenciana