Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO IV FOMENTO DE LA TRANSPARENCIA Artículo 36. Conservación de la información

1. Las entidades a las que se refiere el artículo 3.1 conservarán la información pública que obre en
su poder o en el de otras personas o entidades en su nombre, en los términos establecidos en la normativa
vigente.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, dicha información se conservará en estándares
abiertos que garanticen su longevidad y manteniendo la capacidad de transformarlos automáticamente a
formatos de fácil reproducción y acceso siempre que sea técnicamente posible.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

 Llegamos a: Andalucía, Murcia, Canarias, Baleares, Extremadura, Madrid, Cataluña,

Galicia, Castilla y León, Castilla y La Mancha, Aragón, País Vasco, Comunidad Valenciana