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Categoría de nivel principal o raíz: RGPD
Categoría: RGPD Consideraciones

8 RGPD Considerando lo siguiente

En los casos en que el presente Reglamento establece que sus normas sean especificadas o restringidas por el Derecho de los Estados miembros, estos, en la medida en que sea necesario por razones de coherencia y para que las disposiciones nacionales sean comprensibles para sus destinatarios, pueden incorporar a su Derecho nacional elementos del presente Reglamento.