Utilizamos cookies para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web.

Imprimir
Categoría de nivel principal o raíz: LOPD y GDD ( LOPDGDD ) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Categoría: LOPD y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018 TÍTULO II Principios de protección de datos

LOPD  y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018

Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.11 del Reglamento (UE) 2016/679, se
entiende por consentimiento del afectado toda manifestación de voluntad libre, específica,
informada e inequívoca por la que este acepta, ya sea mediante una declaración o una clara
acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen.

2. Cuando se pretenda fundar el tratamiento de los datos en el consentimiento del
afectado para una pluralidad de finalidades será preciso que conste de manera específica e
inequívoca que dicho consentimiento se otorga para todas ellas.

3. No podrá supeditarse la ejecución del contrato a que el afectado consienta el
tratamiento de los datos personales para finalidades que no guarden relación con el
mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual.