LOPD  y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018 

Artículo 4. Exactitud de los datos.

1. Conforme al artículo 5.1.d) del Reglamento (UE) 2016/679 los datos serán exactos y,
si fuere necesario, actualizados.
2. A los efectos previstos en el artículo 5.1.d) del Reglamento (UE) 2016/679, no será
imputable al responsable del tratamiento, siempre que este haya adoptado todas las
medidas razonables para que se supriman o rectifiquen sin dilación, la inexactitud de los
datos personales, con respecto a los fines para los que se tratan, cuando los datos
inexactos:
a) Hubiesen sido obtenidos por el responsable directamente del afectado.
b) Hubiesen sido obtenidos por el responsable de un mediador o intermediario en caso
de que las normas aplicables al sector de actividad al que pertenezca el responsable del
tratamiento establecieran la posibilidad de intervención de un intermediario o mediador que
recoja en nombre propio los datos de los afectados para su transmisión al responsable. El
mediador o intermediario asumirá las responsabilidades que pudieran derivarse en el
supuesto de comunicación al responsable de datos que no se correspondan con los
facilitados por el afectado.
c) Fuesen sometidos a tratamiento por el responsable por haberlos recibido de otro
responsable en virtud del ejercicio por el afectado del derecho a la portabilidad conforme al
artículo 20 del Reglamento (UE) 2016/679 y lo previsto en esta ley orgánica.
d) Fuesen obtenidos de un registro público por el responsable.

PI 22 Protección de la Información.

Consultoría, DPD - DPO, Auditoría, Seguridad y Ciberseguridad, Integración de Sistemas.

LOPD, RGPD, LSSI, SGSI.

Autónomos, Pymes, Empresas, Administradores de Fincas, Comunidades de Propietarios.

 Torre del Mar, Veléz-Málaga, Málaga, Andalucía, España.

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Galicia, Castilla y León, Castilla y La Mancha, Aragón, País Vasco, Comunidad Valenciana