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Categoría de nivel principal o raíz: LOPD y GDD ( LOPDGDD ) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Categoría: LOPD y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018 TÍTULO I Disposiciones generales

LOPD  y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018

Artículo 8. Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos.

1. El tratamiento de datos personales solo podrá considerarse fundado en el
cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, en los términos previstos en el
artículo 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679, cuando así lo prevea una norma de Derecho
de la Unión Europea o una norma con rango de ley, que podrá determinar las condiciones
generales del tratamiento y los tipos de datos objeto del mismo así como las cesiones que
procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal. Dicha norma podrá
igualmente imponer condiciones especiales al tratamiento, tales como la adopción de
medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE)
2016/679.

2. El tratamiento de datos personales solo podrá considerarse fundado en el
cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento
(UE) 2016/679, cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de
ley.