LOPD y GDD ( LOPDGDD ) 3/2018 Disposición adicional vigésima primera. Educación digital.
Las Administraciones educativas darán cumplimiento al mandato contenido en el párrafo
segundo del apartado 1 del artículo 83 de esta ley orgánica en el plazo de un año a contar
desde la entrada en vigor de la misma.