Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO V ORGANIZACIÓN CAPÍTULO II Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Artículo 45. Finalidad
El Consejo actuará en el territorio de Andalucía como autoridad pública independiente de control en
materia de protección de datos en los términos previstos en el artículo 41 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, y como órgano independiente e imparcial garante del derecho a la transparencia, conforme a lo
previsto en esta ley y en la legislación básica en la materia.