Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO III EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO I Normas generales Artículo 27. Acceso parcial
En el caso de que a la información solicitada le resulte de aplicación alguno de los límites a que se
refiere el artículo 25 de esta ley, se otorgará, siempre que sea posible, el acceso parcial a la información pública,
de conformidad con lo previsto en la Ley básica de acceso a la información pública.