Ley 1/2014 Transparencia Pública de Andalucía TÍTULO III EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 24. Derecho de acceso a la información pública
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública veraz en los términos previstos
en el artículo 105.b) de la Constitución española y su legislación de desarrollo, y el artículo 31 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, sin más limitaciones que las contempladas en la Ley.