LSSI Ley 34/2002 servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico TÍTULO II Prestación de servicios de la sociedad de la información CAPÍTULO II Obligaciones y régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información Sección 1.ª Obligaciones Artículo 12. Deber de retención de datos de tráfico relativos a las comunicaciones electrónicas.
(Derogado)