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Categoría: General

¿Cuando es obligatorio nombrar un delegado de protección de datos DPD / DPO ?

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD 2016/679) dispone que los responsables y encargados de tratamiento deberán designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) en los supuestos que el propio RGPD establece, así como en otros casos en que la legislación de los Estados Miembro lo considere también obligatorio.

La Ley Orgánica de Protección de Datos dispone que en todo caso, se consideran incluidas en dicha obligación, las siguientes entidades:

Se exceptúan los profesionales de la salud que, aun estando legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, ejerzan su actividad a título individual.